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Fecha declaración de renta 2025

Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, vencen los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta del año gravable 2024 en Colombia.

¿En qué fecha presento mi declaración de renta?

Seguramente te estás cuestionando acerca de las fechas para la Declaración de Renta 2025 en Colombia para personas naturales. En Ksj Asesorias, te proporcionamos una explicación detallada sobre el Calendario Tributario correspondiente al periodo gravable de 2024. Recuerda que es de suma importancia cumplir con la presentación y el pago de tu declaración de renta de manera oportuna, evitando así posibles sanciones económicas. Las fechas designadas para la presentación de la Declaración de Renta en 2025 abarcan desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre.

¿Debo declarar renta en el 2025?

La pregunta inicial que debes resolver y comprender claramente es si, como persona natural, tienes la obligación de presentar tu declaración de renta para el año 2024. La DIAN establece anualmente límites específicos para la declaración de renta en Colombia, considerando factores como ingresos, propiedades, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior.

Límites para estar obligado a declarar renta en 2025

Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2024:

¿Cuándo Declaro?

Si tienes que declarar renta y aún no conoces la fecha para hacerlo, ingresa
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Calendario Tributario DIAN para personas naturales 2024

De acuerdo con el calendario tributario de la DIAN, los plazos para que las personas naturales presenten su impuesto de renta correspondiente al año gravable 2023 en Colombia vencen entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024. Es de suma importancia que aquellos que deben declarar renta en 2024 realicen su declaración y pago dentro de las fechas establecidas, a fin de evitar posibles sanciones económicas.

El plazo para presentar la declaración y efectuar el pago en una sola cuota está determinado por los dos últimos dígitos del NIT del declarante que aparecen en el RUT, sin considerar el dígito de verificación. Es fundamental presentar la declaración antes de la fecha indicada para evitar posibles multas.

Últimos dígitos de tu NITFecha límite para declarar
01 y 0212 de agosto del 2025
03 y 0413 de agosto del 2025
05 y 0614 de agosto del 2025
07 y 0815 de agosto del 2025
09 y 1019 de agosto del 2025
11 y 1220 de agosto del 2025
13 y 1421 de agosto del 2025
15 y 1622 de agosto del 2025
17 y 1825 de agosto del 2025
19 y 2026 de agosto del 2025
21 y 2227 de agosto del 2025
23 y 2428 de agosto del 2025
25 y 2629 de agosto del 2025
27 y 281 de septiembre del 2025
29 y 302 de septiembre del 2025
31 y 323 de septiembre del 2025
33 y 344 de septiembre del 2025
35 y 365 de septiembre del 2025
37 y 388 de septiembre del 2025
39 y 409 de septiembre del 2025
41 y 4210 de septiembre del 2025
43 y 4411 de septiembre del 2025
45 y 4612 de septiembre del 2025
47 y 4815 de septiembre del 2025
49 y 5016 de septiembre del 2025
51 y 5217 de septiembre del 2025
53 y 5418 de septiembre del 2025
55 y 5619 de septiembre del 2025
57 y 5822 de septiembre del 2025
59 y 6023 de septiembre del 2025
61 y 6224 de septiembre del 2025
63 y 6425 de septiembre del 2025
65 y 6626 de septiembre del 2025
67 y 681 de octubre del 2025
69 y 702 de octubre del 2025
71 y 723 de octubre del 2025
73 y 746 de octubre del 2025
75 y 767 de octubre del 2025
77 y 788 de octubre del 2025
79 y 809 de octubre del 2025
81 y 8210 de octubre del 2025
83 y 8414 de octubre del 2025
85 y 8615 de octubre del 2025
87 y 8816 de octubre del 2025
89 y 9017 de octubre del 2025
91 y 9220 de octubre del 2025
93 y 9421 de octubre del 2025
95 y 9622 de octubre del 2025
97 y 9823 de octubre del 2025
99 y 0024 de octubre del 2025

Sanciones por declarar fuera de los plazos

Las personas naturales que tienen la obligación de presentar la declaración de renta y lo hacen fuera de los plazos establecidos estarán sujetas a sanciones determinadas por la ley.
  • Si presentas tu declaración de renta después de la fecha límite, deberás pagar una sanción por presentación extemporánea, también conocida como sanción por declarar tarde. Esta sanción corresponde al 5% del impuesto a pagar y se incrementa por cada mes o fracción de mes transcurrido desde la fecha límite de pago hasta la presentación de la declaración de renta.
  • La sanción mínima establecida para incumplir o no cumplir adecuadamente las obligaciones con la DIAN en 2025 es de $498.000. Esto significa que incluso si tu declaración de renta resulta en un impuesto a pagar de cero y presentas un día después de la fecha límite, deberás asumir este monto.
  • Recibirás un mensaje de advertencia que te notificará que tienes un máximo de un mes para realizar el pago correspondiente al impuesto. De no cumplir con este plazo, se te aplicará un recargo del 10%, según lo estipulado en el artículo 642 de la ley.
  • Si no presentas ninguna declaración de impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores, se te impondrá una sanción adicional del 20% basada en el valor de tus consignaciones bancarias o tus ingresos brutos, en relación con el período en el que no presentaste la declaración o en función de los ingresos de la última declaración presentada, según lo establecido en el artículo 643 de la ley.

Ahora que conoces la fecha límite para presentar tus impuestos de renta, ten en cuenta todas estas recomendaciones.

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